Inicio › La ART no me quiere operar ni hacer la resonancia: ¿qué hago?
La ART no me quiere operar ni hacer la resonancia: ¿qué hago?
Si la ART no te autoriza la resonancia, la cirugía o la kinesiología que te indicaron, no te quedes esperando. La ley le exige darte asistencia médica, prótesis y rehabilitación «hasta su curación completa o mientras subsistan los síntomas incapacitantes» (Ley 24.557, art. 20, ap. 3), y si no se ponen de acuerdo, la discrepancia la resuelve la Comisión Médica (Ley 24.557, art. 21). Pedilo por escrito y consultá rápido: lo que la ART no estudia suele quedar afuera del porcentaje.
Lo que más vemos
La ART te atiende las primeras semanas y después las respuestas cambian. Estas son las frases que más nos cuentan:
- «La resonancia no hace falta» o «con la placa alcanza».
- «Hacé unas sesiones de kinesio y te damos el alta».
- «La cirugía no te la cubrimos: operate por la obra social».
- «No tenés nada», dicho por un médico que te vio por videollamada.
Mientras tanto, el dolor sigue y el tiempo corre. Y cuando llegue el momento de fijar tu incapacidad, va a pesar lo que la ART estudió y anotó.
Qué tiene que darte la ART
Por el accidente o la enfermedad del trabajo, la ART tiene que darte estas prestaciones (Ley 24.557, art. 20, ap. 1):
- Asistencia médica y farmacéutica: los estudios, las cirugías y los remedios son parte de esa atención.
- Prótesis y ortopedia.
- Rehabilitación, como la kinesiología.
- Recalificación profesional.
La asistencia médica, las prótesis y la rehabilitación se dan «hasta su curación completa o mientras subsistan los síntomas incapacitantes», según lo que fije la reglamentación (Ley 24.557, art. 20, ap. 3).
Si la ART dice que no y tu médico dice que sí, esa diferencia no la cierra la ART sola. La Comisión Médica es la que determina «el contenido y alcances de las prestaciones en especie» y resuelve las discrepancias entre la ART y el trabajador en esas materias (Ley 24.557, art. 21, ap. 1 y 2).
Por qué no conviene dejarlo pasar
Cuando termina el tratamiento, la ART arma el informe para la Comisión Médica con la reseña de la historia clínica, los estudios obligatorios según la lesión, los complementarios que se hayan hecho y el protocolo quirúrgico, si corresponde (Resolución SRT 298/2017, art. 4). Ese informe es la base del trámite que fija tu porcentaje de incapacidad, y con el porcentaje se calcula la plata.
Si la resonancia nunca se hizo, la lesión que iba a mostrar puede no figurar en ningún papel. Así terminan muchas ofertas bajas y muchos dictámenes con 0 %. Leé también qué hacer si te citan a la valoración del daño y qué hacer si la ART te ofrece poco.
Qué hacer si te niegan un estudio, la cirugía o la kinesio
- Pedilo por escrito. Por mail, por la aplicación de la ART o por carta, con tu número de siniestro. Guardá la respuesta, o la falta de respuesta, con la fecha.
- Pedile a tu médico que lo deje por escrito. Si te atiende alguien de tu obra social o de un hospital, que anote qué estudio o qué cirugía te indicó y por qué.
- No firmes que estás de acuerdo con el alta si seguís con dolor y sin el estudio. Si ya te la dieron, mirá qué hacer si te dieron el alta y te sigue doliendo: los plazos para cuestionarla son cortos.
- Consultá rápido. La diferencia con la ART se plantea ante la Comisión Médica (Ley 24.557, art. 21). Y en el trámite que después fija tu incapacidad, el abogado es obligatorio desde la primera presentación (Resolución SRT 298/2017, art. 36).
Si ya te atendiste o te operaste por la obra social
Pasa mucho: la ART dice que no y la persona se opera por su cuenta porque no puede esperar. Si te pasó, guardá todo. La norma de la Comisión Médica prevé ese caso: si te atendiste por tu obra social o en un hospital, hay que presentar esa historia clínica (Resolución SRT 298/2017, art. 7).
Ojo con los tiempos: ante la Comisión Médica la prueba se ofrece toda en la primera presentación, y lo que no se ofrece ahí después no se admite, salvo hechos nuevos o documentos que antes no se podían conseguir (Resolución SRT 298/2017, art. 7). Por eso conviene juntar todo antes de empezar: la historia clínica, el protocolo de la cirugía y los estudios.
Qué puede hacer la Comisión Médica con lo que falta
En el trámite de la incapacidad, el médico de la Comisión se expide sobre la prueba médica que presentan y piden las partes, y puede ordenar un examen físico o estudios complementarios (Resolución SRT 298/2017, art. 6). La Comisión también puede indicar estudios cuando lo que hay no alcanza para resolver (art. 7). Son posibilidades, no algo seguro: por eso hay que pedirlos bien y a tiempo.
Y si lo que resuelve la Comisión Médica tampoco te conforma, se puede llevar a la Justicia del Trabajo (Ley 27.348, art. 2). Estos trabajadores empezaron con poco o nada en la Comisión Médica:
Trabajadores a los que la Comisión Médica les dio poco o nada
| Cliente | Comisión Médica | Logramos | Cobró |
|---|---|---|---|
| Sergio · tropezó en una escalera: meniscos de las dos rodillas | 0 % | 23,52 % | $39.279.133,61 ▶ Ver prueba |
| Juan · bajando una escalera con cajas se torció la rodilla | 0 % | 37,99 % | $38.775.322,47 Ver prueba |
| Cristian, repartidor · lo chocaron en moto: hombro, muñeca, rodilla y columna | 4,22 % | 41,19 % | más de $47.000.000 Ver prueba |
| Daniel, operario · una bacha le cayó sobre el brazo: codo y muñeca | 0 % | 17,27 % | $43.370.430,74 Ver prueba |
Publicamos sólo el nombre de pila. Los porcentajes son de incapacidad y los montos, lo que cobró cada trabajador. «Ver prueba» abre el comprobante del banco (con los datos personales tapados; puede ser de una parte del cobro) o el video del caso. Cada caso es distinto: estos resultados no garantizan el resultado de otro.
Qué tenés que juntar
- Los mensajes, mails o cartas en los que pediste el estudio o la cirugía, y lo que te contestó la ART.
- La indicación escrita de tu médico.
- Los estudios que sí te hicieron, con sus informes.
- El alta, si te la dieron.
- La historia clínica de tu obra social o del hospital, y el protocolo de la cirugía si te operaron.
- Tus últimos recibos de sueldo.
Preguntas frecuentes
¿La ART me puede negar una resonancia o una cirugía?
Tiene que darte asistencia médica y farmacéutica, prótesis y rehabilitación hasta la curación completa o mientras subsistan los síntomas incapacitantes, según la reglamentación (Ley 24.557, art. 20). Si te dice que no y no se ponen de acuerdo, la discrepancia la resuelve la Comisión Médica (Ley 24.557, art. 21).
Me operé por la obra social porque la ART no me cubría: ¿pierdo el reclamo?
No por eso. La norma de la Comisión Médica prevé que te hayas atendido por tu obra social o en un hospital: en ese caso se presenta esa historia clínica (Res. SRT 298/2017, art. 7). Guardala junto con el protocolo de la cirugía y los estudios.
Me dieron el alta sin hacerme el estudio: ¿qué hago?
Mandanos el alta cuanto antes: los plazos para cuestionarla son cortos. En el trámite de la incapacidad se puede pedir prueba médica, y el médico de la Comisión puede ordenar estudios complementarios (Res. SRT 298/2017, art. 6).
¿Necesito abogado?
Para el trámite que fija tu incapacidad ante la Comisión Médica, sí: el patrocinio letrado es obligatorio desde la primera presentación (Res. SRT 298/2017, art. 36; Ley 27.348, art. 1).
¿Y si la Comisión Médica tampoco me da lo que corresponde?
Lo que resuelva la Comisión Médica se puede llevar a la Justicia del Trabajo (Ley 27.348, art. 2), donde interviene un perito médico. Los plazos corren desde que te notifican: consultá apenas te llegue.
¿La ART no te autoriza la resonancia, la cirugía o la kinesio? Mandanos por WhatsApp lo que te contestó y la indicación de tu médico, y te decimos cómo se reclama.
Consultá gratis por WhatsAppOtras guías
- Me citaron a la valoración del daño: ¿qué hago?
- Abogado laboral y de ART en CABA: el estudio en Belgrano
- Accidentes de trabajo de empleados administrativos y de oficina: qué cubre la ART
- Accidentes de trabajo de cocina y gastronomía: qué cubre la ART
- Accidentes de trabajo de depósitos y comercios: qué cubre la ART
- Accidentes de trabajo de empleados de la Provincia de Buenos Aires (policías, docentes, salud): qué cubre la ART
- Accidentes de trabajo de encargados de edificio: qué cubre la ART
- Accidentes de trabajo de enfermeros y personal de salud: qué cubre la ART
- Accidentes de trabajo de personal de maestranza y limpieza: qué cubre la ART
- Accidentes de trabajo de repartidores y cadetes en moto: qué cubre la ART
- Accidentes de trabajo de vigiladores y personal de seguridad: qué cubre la ART
- Tuve un accidente trabajando en negro: ¿me cubre la ART?
- Comisión Médica Central: ¿conviene apelar ahí o ir a la Justicia?
- ¿Cuánto cobra un abogado por un accidente de trabajo?
- Me despidieron estando embarazada: ¿qué me corresponde?
- Me despidieron sin causa: ¿cuánto me corresponde?
- Despido con la Ley 27.802: qué cambió en la indemnización y si te la pueden pagar en cuotas
- Me despidieron y trabajaba en negro: ¿qué me corresponde?
- La ART dice que mi lesión es preexistente o degenerativa: ¿qué hago?
- La ART no me paga los días que no trabajo: ¿qué hago?
- Me despidieron después del accidente o estando de licencia: ¿qué me corresponde?
- Me despidieron: ¿qué hago los primeros días?
- Mi ART quebró o está en liquidación: ¿quién me paga?
- Murió un trabajador en un accidente: ¿cuánto le paga la ART a la familia?
- ¿Hasta cuándo puedo reclamarle a la ART?
- Me citaron a la Comisión Médica: ¿qué tengo que llevar?
- ¿Tenés un reclamo contra Andina ART? Cómo se reclama y un caso que ganamos
- ¿Tenés un reclamo contra Asociart ART? Cómo se reclama y casos que ganamos
- ¿Tenés un reclamo contra Berkley International ART? Cómo se reclama y un caso que ganamos
- ¿Tenés un reclamo contra Experta ART? Cómo se reclama
- ¿Tenés un reclamo contra Federación Patronal? Cómo se reclama y casos que ganamos
- ¿Tenés un reclamo contra La Segunda ART? Cómo se reclama y un caso que ganamos
- ¿Tenés un reclamo contra Prevención ART? Cómo se reclama y casos que ganamos
- ¿Tenés un reclamo contra Provincia ART? Cómo se reclama y casos que ganamos
- ¿Tenés un reclamo contra Serena ART (ex Omint ART)? Cómo se reclama y un caso que ganamos
- ¿Tenés un reclamo contra Swiss Medical ART? Cómo se reclama y un caso que ganamos
- ¿Cuánto paga la ART por una fractura?
- Esguince de tobillo en el trabajo: ¿cuánto paga la ART?
- Lesión de cadera en el trabajo: ¿cuánto paga la ART?
- Codo de tenista y lesiones de codo en el trabajo: ¿cuánto paga la ART?
- Lesión de columna en el trabajo: ¿cuánto paga la ART?
- Lesión de hombro en el trabajo: ¿cuánto paga la ART?
- Lesión de muñeca o de mano en el trabajo: ¿cuánto paga la ART?
- Lesión de rodilla en el trabajo: ¿cuánto paga la ART?
- Mi empleador no quiere denunciar mi accidente a la ART: ¿qué hago?
- La ART me ofrece poco: ¿lo acepto?
- La Comisión Médica me dio 0 %: ¿qué hago?
- La ART rechazó mi accidente: ¿qué hago?
- Me dieron el alta y me sigue doliendo
- Accidente in itinere: yendo o volviendo del trabajo
- ¿Cuánto paga la ART por un accidente de trabajo?
- Enfermedad profesional: cómo se reclama
- Comisión Médica: qué es y por qué ir con abogado
Consultá gratis