Estudio García Climent Abogados Consultá gratis

Inicio › La ART no me quiere operar ni hacer la resonancia: ¿qué hago?

La ART no me quiere operar ni hacer la resonancia: ¿qué hago?

Si la ART no te autoriza la resonancia, la cirugía o la kinesiología que te indicaron, no te quedes esperando. La ley le exige darte asistencia médica, prótesis y rehabilitación «hasta su curación completa o mientras subsistan los síntomas incapacitantes» (Ley 24.557, art. 20, ap. 3), y si no se ponen de acuerdo, la discrepancia la resuelve la Comisión Médica (Ley 24.557, art. 21). Pedilo por escrito y consultá rápido: lo que la ART no estudia suele quedar afuera del porcentaje.

Lo que más vemos

La ART te atiende las primeras semanas y después las respuestas cambian. Estas son las frases que más nos cuentan:

Mientras tanto, el dolor sigue y el tiempo corre. Y cuando llegue el momento de fijar tu incapacidad, va a pesar lo que la ART estudió y anotó.

Qué tiene que darte la ART

Por el accidente o la enfermedad del trabajo, la ART tiene que darte estas prestaciones (Ley 24.557, art. 20, ap. 1):

La asistencia médica, las prótesis y la rehabilitación se dan «hasta su curación completa o mientras subsistan los síntomas incapacitantes», según lo que fije la reglamentación (Ley 24.557, art. 20, ap. 3).

Si la ART dice que no y tu médico dice que sí, esa diferencia no la cierra la ART sola. La Comisión Médica es la que determina «el contenido y alcances de las prestaciones en especie» y resuelve las discrepancias entre la ART y el trabajador en esas materias (Ley 24.557, art. 21, ap. 1 y 2).

Por qué no conviene dejarlo pasar

Cuando termina el tratamiento, la ART arma el informe para la Comisión Médica con la reseña de la historia clínica, los estudios obligatorios según la lesión, los complementarios que se hayan hecho y el protocolo quirúrgico, si corresponde (Resolución SRT 298/2017, art. 4). Ese informe es la base del trámite que fija tu porcentaje de incapacidad, y con el porcentaje se calcula la plata.

Si la resonancia nunca se hizo, la lesión que iba a mostrar puede no figurar en ningún papel. Así terminan muchas ofertas bajas y muchos dictámenes con 0 %. Leé también qué hacer si te citan a la valoración del daño y qué hacer si la ART te ofrece poco.

Qué hacer si te niegan un estudio, la cirugía o la kinesio

Si ya te atendiste o te operaste por la obra social

Pasa mucho: la ART dice que no y la persona se opera por su cuenta porque no puede esperar. Si te pasó, guardá todo. La norma de la Comisión Médica prevé ese caso: si te atendiste por tu obra social o en un hospital, hay que presentar esa historia clínica (Resolución SRT 298/2017, art. 7).

Ojo con los tiempos: ante la Comisión Médica la prueba se ofrece toda en la primera presentación, y lo que no se ofrece ahí después no se admite, salvo hechos nuevos o documentos que antes no se podían conseguir (Resolución SRT 298/2017, art. 7). Por eso conviene juntar todo antes de empezar: la historia clínica, el protocolo de la cirugía y los estudios.

Qué puede hacer la Comisión Médica con lo que falta

En el trámite de la incapacidad, el médico de la Comisión se expide sobre la prueba médica que presentan y piden las partes, y puede ordenar un examen físico o estudios complementarios (Resolución SRT 298/2017, art. 6). La Comisión también puede indicar estudios cuando lo que hay no alcanza para resolver (art. 7). Son posibilidades, no algo seguro: por eso hay que pedirlos bien y a tiempo.

Y si lo que resuelve la Comisión Médica tampoco te conforma, se puede llevar a la Justicia del Trabajo (Ley 27.348, art. 2). Estos trabajadores empezaron con poco o nada en la Comisión Médica:

Trabajadores a los que la Comisión Médica les dio poco o nada

ClienteComisión MédicaLogramosCobró
Sergio · tropezó en una escalera: meniscos de las dos rodillas0 %23,52 %$39.279.133,61
▶ Ver prueba
Juan · bajando una escalera con cajas se torció la rodilla0 %37,99 %$38.775.322,47
Ver prueba
Cristian, repartidor · lo chocaron en moto: hombro, muñeca, rodilla y columna4,22 %41,19 %más de $47.000.000
Ver prueba
Daniel, operario · una bacha le cayó sobre el brazo: codo y muñeca0 %17,27 %$43.370.430,74
Ver prueba

Publicamos sólo el nombre de pila. Los porcentajes son de incapacidad y los montos, lo que cobró cada trabajador. «Ver prueba» abre el comprobante del banco (con los datos personales tapados; puede ser de una parte del cobro) o el video del caso. Cada caso es distinto: estos resultados no garantizan el resultado de otro.

Qué tenés que juntar

Preguntas frecuentes

¿La ART me puede negar una resonancia o una cirugía?

Tiene que darte asistencia médica y farmacéutica, prótesis y rehabilitación hasta la curación completa o mientras subsistan los síntomas incapacitantes, según la reglamentación (Ley 24.557, art. 20). Si te dice que no y no se ponen de acuerdo, la discrepancia la resuelve la Comisión Médica (Ley 24.557, art. 21).

Me operé por la obra social porque la ART no me cubría: ¿pierdo el reclamo?

No por eso. La norma de la Comisión Médica prevé que te hayas atendido por tu obra social o en un hospital: en ese caso se presenta esa historia clínica (Res. SRT 298/2017, art. 7). Guardala junto con el protocolo de la cirugía y los estudios.

Me dieron el alta sin hacerme el estudio: ¿qué hago?

Mandanos el alta cuanto antes: los plazos para cuestionarla son cortos. En el trámite de la incapacidad se puede pedir prueba médica, y el médico de la Comisión puede ordenar estudios complementarios (Res. SRT 298/2017, art. 6).

¿Necesito abogado?

Para el trámite que fija tu incapacidad ante la Comisión Médica, sí: el patrocinio letrado es obligatorio desde la primera presentación (Res. SRT 298/2017, art. 36; Ley 27.348, art. 1).

¿Y si la Comisión Médica tampoco me da lo que corresponde?

Lo que resuelva la Comisión Médica se puede llevar a la Justicia del Trabajo (Ley 27.348, art. 2), donde interviene un perito médico. Los plazos corren desde que te notifican: consultá apenas te llegue.

¿La ART no te autoriza la resonancia, la cirugía o la kinesio? Mandanos por WhatsApp lo que te contestó y la indicación de tu médico, y te decimos cómo se reclama.

Consultá gratis por WhatsApp

Otras guías