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Accidentes de trabajo de empleados de la Provincia de Buenos Aires (policías, docentes, salud): qué cubre la ART
Si trabajás para la Provincia de Buenos Aires, tu accidente lo cubre la propia Provincia. El Gobierno de la Provincia es un empleador autoasegurado: no contrató una ART, responde por sí mismo, y Provincia ART sólo administra los siniestros (Decreto 923/14, art. 1, texto del Decreto 20/2025).
Los accidentes más comunes
- Policías: agresiones, choques en patrulleros, caídas en procedimientos.
- Docentes: caídas en la escuela y agresiones.
- Personal de salud: esfuerzos al movilizar pacientes, agresiones.
- Accidentes yendo o volviendo del trabajo.
Todos son accidentes de trabajo: la ley cubre todo acontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo, y también el trayecto entre tu casa y el trabajo (Ley 24.557, art. 6, ap. 1). Si fue un esfuerzo sin golpe, también cuenta.
Quién responde
El Decreto 923/14 establece que el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires es un único empleador autoasegurado, que abarca todas las jurisdicciones y organismos de la Administración Pública Provincial, incluidas las entidades autárquicas, y que Provincia ART actúa como administradora de la cartera de siniestros (Decreto 923/14, art. 1, texto del Decreto 20/2025). En el dictamen de la Comisión Médica figura como «50040 - GOB PCIA. BS. AS.».
Qué hacer
- Hacé la denuncia a la ART, aunque te digan que no: mirá cómo hacerla vos.
- Guardá los estudios y la historia clínica.
- No firmes lo que te ofrezcan sin consultar: mirá si la ART te ofrece poco.
Mirá también cuánto paga la ART por cada lesión.
Preguntas frecuentes
¿Qué cubre la ART si soy empleado de la Provincia de Buenos Aires?
Los accidentes ocurridos por el hecho o en ocasión del trabajo, los del trayecto entre tu casa y el trabajo (Ley 24.557, art. 6, ap. 1) y las enfermedades profesionales del listado.
¿Me lastimé haciendo fuerza, sin golpe: es accidente?
Sí: es un acontecimiento súbito ocurrido por el hecho del trabajo (Ley 24.557, art. 6, ap. 1).
¿Si soy policía o docente de la Provincia, me cubre una ART?
No: la Provincia es un empleador autoasegurado y responde por sí misma; Provincia ART sólo administra los siniestros (Decreto 923/14, art. 1, texto del Decreto 20/2025).
¿Sos empleado de la Provincia de Buenos Aires y te accidentaste? Mandanos por WhatsApp qué te pasó y lo que tengas (dictamen, cartas de la ART, estudios) y te decimos qué hacer.
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