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Accidentes de trabajo de depósitos y comercios: qué cubre la ART

Si trabajás en un depósito o en un comercio y te lastimaste, la ART te cubre. A Cristian un carro de mercadería le atrapó la mano y la muñeca contra una puerta: la Comisión Médica le dio 0 % y logramos 9,8 %.

Los accidentes más comunes

Todos son accidentes de trabajo: la ley cubre todo acontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo, y también el trayecto entre tu casa y el trabajo (Ley 24.557, art. 6, ap. 1). Si fue un esfuerzo sin golpe, también cuenta.

Qué hacer

Mirá también cuánto paga la ART por cada lesión.

Casos reales

ClienteComisión MédicaLogramosCobró
Cristian · un carro le atrapó la mano y la muñeca0 %9,8 %$16.110.706
Ver prueba

Publicamos sólo el nombre de pila. Los porcentajes son de incapacidad y los montos, lo que cobró cada trabajador. «Ver prueba» abre el comprobante del banco (con los datos personales tapados; puede ser de una parte del cobro) o el video del caso. Cada caso es distinto: estos resultados no garantizan el resultado de otro.

Preguntas frecuentes

¿Qué cubre la ART si soy empleado de depósito o de comercio?

Los accidentes ocurridos por el hecho o en ocasión del trabajo, los del trayecto entre tu casa y el trabajo (Ley 24.557, art. 6, ap. 1) y las enfermedades profesionales del listado.

¿Me lastimé haciendo fuerza, sin golpe: es accidente?

Sí: es un acontecimiento súbito ocurrido por el hecho del trabajo (Ley 24.557, art. 6, ap. 1).

¿Sos empleado de depósito o de comercio y te accidentaste? Mandanos por WhatsApp qué te pasó y lo que tengas (dictamen, cartas de la ART, estudios) y te decimos qué hacer.

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