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Codo de tenista y lesiones de codo en el trabajo: ¿cuánto paga la ART?
El codo de tenista (epicondilitis) está en el listado oficial de enfermedades profesionales. Si en tu trabajo agarrás, extendés la mano o girás el antebrazo una y otra vez, está cubierto (Decreto 658/96). Y si te golpeaste o te caíste sobre el codo, es un accidente de trabajo. En los dos casos la ART paga por el porcentaje de incapacidad que te quede (Ley 24.557, art. 14).
La ART paga por el porcentaje, no por la lesión
La indemnización se calcula con tres datos: tu ingreso base, tu edad y el porcentaje de incapacidad que te queda: 53 × ingreso base × porcentaje × 65 ÷ edad (Ley 24.557, art. 14, ap. 2 a).
Además hay un piso: del 1 de septiembre de 2026 al 28 de febrero de 2027 la indemnización no puede ser menor a $114.354.110 multiplicado por el porcentaje de incapacidad (Resolución SRT 39/2026, art. 2). Dicho de otra forma, cada punto de incapacidad vale como mínimo $1.143.541. Si el accidente fue en el lugar de trabajo, se suma un 20 % (Ley 26.773, art. 3).
Qué dice el listado oficial
Las enfermedades profesionales son las que están en el listado (Ley 24.557, art. 6, ap. 2 a). En el codo, el listado incluye la «Epicondilitis», la «Epitrocleitis» y el «Síndrome de compresión del nervio cubital» (Decreto 658/96). Para la epicondilitis, la actividad que la causa son los «trabajos que requieren de movimientos repetitivos de aprehensión o de extensión de la mano, o de supinación y prono-supinación»: agarrar, extender la mano y girar el antebrazo.
Lo que más sirve es poder contar y probar cómo trabajabas: qué hacías, cuántas horas y con qué herramientas. Los compañeros que te vieron trabajar pueden declararlo. Más sobre esto en la guía de enfermedad profesional.
Si fue un golpe o una caída
Entonces es un accidente de trabajo. El porcentaje lo fija la Comisión Médica con la tabla de evaluación de incapacidades, y además pondera tu edad, el tipo de tarea que hacés y si podés seguir en tu puesto (Ley 24.557, art. 8, ap. 3). Cuenta cuánto podés doblar y estirar el codo y girar el antebrazo, cómo consolidó el hueso si hubo fractura, y si te quedó hormigueo en los dedos.
Por qué la ART la rechaza o da poco
Con el codo de tenista, la ART suele rechazar diciendo que no es del trabajo. Si te pasó, mirá qué hacer si la ART rechazó tu caso. Y si la aceptó, muchas veces el dictamen sale bajo: Muchas veces la Comisión Médica decide con lo que mandó la ART: la norma dice que el médico, «en caso de corresponder, podrá ordenar» el examen físico o estudios complementarios (Resolución SRT 298/2017, art. 6).
Con el piso de hoy, pasar de 0 % a 6 % de incapacidad son por lo menos $6.861.247.
Los estudios que conviene tener
- Una ecografía o una resonancia del codo.
- Si tenés hormigueo en los dedos, un electromiograma.
- Si fue un accidente, las radiografías que te hicieron.
- La historia clínica de la obra social o del hospital, si te atendiste ahí: se tiene que presentar (Resolución SRT 298/2017, art. 7).
Calculalo con tus datos
En la página principal está la calculadora de indemnización. Y si querés ver cómo se arma el monto completo, leé cuánto paga la ART por un accidente de trabajo.
Lo que cambió el porcentaje en casos reales
| Cliente | Comisión Médica | Logramos | Cobró |
|---|---|---|---|
| Cristian · un carro le atrapó la mano y la muñeca | 0 % | 9,8 % | $16.110.706 Ver prueba |
| Delia · mano derecha, su ART quebró | 7 % (1ª instancia) | 41 % | $30.237.274,24 Ver prueba |
Publicamos sólo el nombre de pila. Los porcentajes son de incapacidad y los montos, lo que cobró cada trabajador. «Ver prueba» abre el comprobante del banco (con los datos personales tapados; puede ser de una parte del cobro) o el video del caso. Cada caso es distinto: estos resultados no garantizan el resultado de otro.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto paga la ART por codo de tenista?
No hay un monto fijo: depende del porcentaje de incapacidad que te quede, de tu ingreso base y de tu edad (Ley 24.557, art. 14, ap. 2 a). Del 1/09/2026 al 28/02/2027 cada punto vale como mínimo $1.143.541 (Res. SRT 39/2026, art. 2).
¿El codo de tenista es una enfermedad profesional?
Sí: la epicondilitis está en el listado oficial, para los trabajos con movimientos repetitivos de agarrar o extender la mano, o de girar el antebrazo (Decreto 658/96).
La ART rechazó mi epicondilitis, ¿qué hago?
El rechazo se puede discutir ante la Comisión Médica. Guardá la carta de rechazo y reuní todo lo que pruebe cómo trabajabas: tareas, horarios y compañeros que te hayan visto.
¿Qué estudios necesito?
Una ecografía o resonancia del codo y, si tenés hormigueo en los dedos, un electromiograma.
¿Cuánto vale cada punto de incapacidad?
Del 1/09/2026 al 28/02/2027, como mínimo $1.143.541 por punto: el piso es $114.354.110 multiplicado por el porcentaje (Res. SRT 39/2026, art. 2). Con tu sueldo y tu edad la fórmula puede dar más (Ley 24.557, art. 14, ap. 2 a).
¿Tenés el codo lastimado por el trabajo? Mandanos por WhatsApp el dictamen y los estudios y te decimos si el porcentaje está bien.
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