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Me citaron a la Comisión Médica: ¿qué tengo que llevar?

Lo que no se presenta al principio, después no entra. Ante la Comisión Médica hay que ofrecer toda la prueba en la primera presentación (Resolución SRT 298/2017, art. 7). Por eso conviene llegar con los estudios y la historia clínica completos.

Qué llevar

Por qué todo al principio

La norma dice que las partes tienen que ofrecer toda la prueba en su primera presentación y que no se admite la que no se ofreció ahí, salvo hechos nuevos (Resolución SRT 298/2017, art. 7). Un estudio que aparece después muchas veces queda afuera.

Lo que tenés que saber del examen

Muchas veces la Comisión Médica decide con los papeles: el médico, «en caso de corresponder, podrá ordenar» el examen físico o estudios complementarios (Resolución SRT 298/2017, art. 6). Si te revisan, contá todo lo que te pasa: el dolor, lo que no podés hacer, lo que te cuesta en el trabajo. Lo que no se dice, no queda escrito.

Después, mirá qué hacer si la Comisión Médica te dio 0 % o si la ART te ofrece poco.

Lo que cambió el porcentaje en casos reales

ClienteComisión MédicaLogramosCobró
Héctor · lesión de columna0 %47 %$88.813.164,59
▶ Ver prueba
Marcelo · rodilla, se rompió el asiento del andén0 %35,53 %$67.598.932,78
Ver prueba
Joaquín · tobillo, yendo a la parada del colectivo0 %10,63 %más de $36.000.000
Ver prueba

Publicamos sólo el nombre de pila. Los porcentajes son de incapacidad y los montos, lo que cobró cada trabajador. «Ver prueba» abre el comprobante del banco (con los datos personales tapados; puede ser de una parte del cobro) o el video del caso. Cada caso es distinto: estos resultados no garantizan el resultado de otro.

Preguntas frecuentes

¿Qué tengo que llevar a la Comisión Médica?

Tu DNI, todos los estudios con sus informes, la historia clínica de la obra social o del hospital si te atendiste ahí, y lo que te mandó la ART.

¿Puedo presentar un estudio después?

En principio no: la prueba se ofrece toda en la primera presentación y no se admite la que no se ofreció, salvo hechos nuevos (Res. SRT 298/2017, art. 7).

¿Me van a revisar en la Comisión Médica?

No siempre: el médico puede ordenar el examen físico «en caso de corresponder» (Res. SRT 298/2017, art. 6). Muchas veces se decide con los papeles.

¿Te citaron a la Comisión Médica? Mandanos por WhatsApp qué te pasó y lo que tengas (dictamen, cartas de la ART, recibos) y te decimos qué hacer.

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